Sin igualdad en el derecho a la visita íntima

Las personas LGBT siguen enfrentando obstáculos para el goce efectivo de la visita íntima, a pesar de la protección de este derecho por la Corte Constitucional.

El amor que se condena

El nuevo Reglamento General del INPEC establece de manera explícita que las manifestaciones de afecto entre las personas LGBTI y sus parejas no se pueden considerar como una conducta sancionable.

No obstante, tal como ocurre en el ámbito de la visita íntima, la aplicación efectiva de esta norma depende de la adecuación de los reglamentos internos, así como de su difusión.