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2021
La JEP decidió sobre los derechos de víctimas de violencia sexual, reproductiva y por prejuicio sin enfoque de género
La Alianza Cinco Claves para el tratamiento diferencial de la violencia sexual, en el marco del Acuerdo Final de Paz en desarrollo de sus acciones de seguimiento a la protección de los derechos de las mujeres, las niñas y personas LGBT victimas de violencia sexual, reproductiva y otras violencias motivadas en la sexualidad, en el marco del conflicto armado, a través del siguiente pronunciamiento público hacemos un llamado a la Jurisdicción Especial para la Paz para que incorpore una perspectiva de género en las diferentes fases del proceso judicial transicional que adelanta. Concretamente esta solicitud surge a partir de la revisión del Auto 019 de 2021 de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas en que identificamos varios aspectos problemáticos.
En primer lugar, Cinco Claves ve con preocupación la ausencia del enfoque de género en la determinación de hechos de privaciones de la libertad y la responsabilidad de 8 miembros del Secretariado de las FARC. Observamos que el referido Auto, demuestra que la investigación judicial de lo ocurrido en el conflicto armado se está realizando sin identificar y analizar cómo las relaciones desiguales de género, que se exacerbaron en ese contexto, determinaron los crímenes contra mujeres y personas LGBT y causaron daños diferenciales.
En segundo, consideramos que la decisión de la JEP contiene estereotipos socioculturales de discriminación judicial en tanto omite el análisis de género en los casos de violencia sexual, deja de lado la violencia reproductiva y la violencia por prejuicio de las personas LGBT, naturaliza hechos gravosos de violencia sexual y desestima la existencia de un patrón en esta materia, todo lo cual, constituye un retroceso que amenaza con reforzar la impunidad sobre estos crímenes.
En tercer lugar, no se identifica la orientación sexual o identidad de género de las personas secuestradas, ni siquiera de quienes afirman haber sido víctimas de violencia sexual durante el cautiverio. Esto borra la posibilidad de identificar hechos de violencia por prejuicio e imposibilita la identificación de hechos de violencia sexualizada. En esta misma línea, el Auto no identificó sistematicidad de esta violencia, que realmente proviene de un guión heteropatriarcal en el que los cuerpos feminizados (mujeres trans, hombres gays, mujeres cisgénero) son vistos como territorio a ser conquistado, como cuerpos violables y receptores de abyectos deseos, y como territorio en el que la heterosexualidad obligatoria debe imponerse.
En cuarto lugar, el Auto de la JEP no explica qué estrategias tomó para superar el alto subregistro que se sabe que existe en casos de violencia sexual, reproductiva y por prejuicio, a diferencia de lo que sí hizo con privaciones de la libertad. Sin una estrategia intencionada que, desde el principio, busque superar este subregistro, no se debe concluir, como hace la JEP, que estas violencias fueron hechos aislados, ya que esto puede no reflejar la realidad. Frente al subregistro, también es preocupante que la JEP, contrario al estándar internacional y a lo que dice, haya aplicado un criterio solamente numérico para concluir que estas violencias fueron aisladas.
Por ultimo y en atención a estas preocupaciones insistimos en la petición de apertura del caso nacional de violencia sexual, reproductiva y otros delitos motivados en la sexualidad de la victima, presentada desde Cinco Claves el 20 de febrero de 2020 con la entrega del documento “Conexidad entre la violencia sexual y el conflicto armado: un llamado al no retroceso en la Jurisdicción Especial para la Paz” y sobre la cual no se ha obtenido respuesta alguna. La apertura de este caso nacional es una oportunidad única para que la investigación y el análisis de la SRVR se centren en estas violencias, en lugar de abordarlas como un asunto tangencial, secundario o como hechos “aislados”, evitando retrocesos en el proceso de justicia transicional, tal como el que se evidencia en el auto estudiado.
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