La no restricción de identidad de género en entidades educativas - (T-363 de 2016)
Un ciudadano presentó acción de tutela en contra del SENA con el propósito de que se amparen sus derechos fundamentales de petición, igualdad y libre desarrollo de la personalidad que, señala, fueron vulnerados por la respuesta que recibió por parte de la entidad a la petición que elevó. Puesto que, solicitó que se le permitiera el uso del uniforme establecido en la institución para el género masculino y se le otorgara un trato que corresponda a su identidad de género como hombre trans; el SENA le respondió al accionante argumentando que de acuerdo con su documento de identificación y a su registro al inicio de su proceso educativo, no se le podría brindar el trato que solicita, y que cuando en su documento de identificación se corrobore el cambio de sexo puede la comunidad académica tratarlo de acuerdo a lo que allí aparezca. Por lo que el juez de primera instancia considera que el hecho ha sido superado y no concede el amparo, pues la petición ya fue respondida.
Posteriormente, la Corte aclaró que la indumentaria y demás aspectos relacionados con la apariencia física construyen la imagen que expresa la propia identidad, pues estas manifestaciones están protegidas por el derecho al libre desarrollo de la personalidad. Por lo anterior, las instituciones educativas tienen la obligación de brindar a los estudiantes un trato acorde con su identidad de género y no pueden someter el goce de sus derechos fundamentales a requisitos formales; por lo que procedió a aclarar que la identidad de género no guarda una relación necesaria con el nombre legal ni con los documentos que reflejan dicho nombre y, en efecto, un trato digno debe atender al auto-reconocimiento de los sujetos. Así pues, la Corte recordó que existen deberes de adoptar medidas que fomenten la libre expresión de las identidades trans en todos los ámbitos, incluido el educativo. Por ello, protegió los derechos al libre desarrollo de la personalidad, libertad e igualdad del accionante.