En el caso de los habitantes de la calle que viven con VIH/SIDA ¿Cómo pueden acceder a tratamiento médico?

Atendiendo a la especial vulnerabilidad de estas personas, el Estado tiene una obligación reforzada de garantizarles su derecho a la salud y a la vida digna. Por esto deben ser atendidos como beneficiarios del régimen subsidiado, sin que se pueda alegar su carencia de domicilio o identificación para no brindarles los tratamientos, medicamentos y condiciones necesarias para enfrentar su dolencia. (Sentencia T-057/11, T-323/11, T-436/03)  



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