Vivo con VIH/SIDA, y a diferencia de los reclusos que no viven con esta enfermedad no puedo acceder a los programas de trabajo y estudio para redención de pena del centro carcelario. ¿Es válido?
Aunque es deber del centro carcelario evitar la propagación del VIH/SIDA, la libertad de circulación de los internos que viven con VIH/SIDA no puede ser restringida con un confinamiento casi absoluto, pues con ello vulneran los derechos a la igualdad y dignidad de los, les y las reclusas (Sentencia T-577/05).
Me encuentro recluido en un centro carcelario y vivo con VIH/ SIDA ¿Puedo solicitar traslado a la ciudad donde viven mis familiares?
Sí. Trasladar a aquellas personas internos que viven con VIH/SIDA a la ciudad donde cuenten con familiares que les ayuden a sobrellevar su enfermedad no sólo es legítimo sino imperioso, pues las personas que viven con VIH requieren del apoyo de su familia para mantener un bienestar emocional (Sentencia T-376/13).












