¿Qué incluye el cambio de nombre?
El cambio de nombre comprende los nombres, así como los apellidos, según lo ha explicado la Corte Constitucional.
¿Mi nombre debe coincidir con mi sexo legal?
La Corte ha establecido que los nombres son elementos íntimos a cada persona, y no tienen que corresponder con la asignación social a un género u otro elemento.
¿Cuántas veces puedo cambiarme el nombre?
La regla para el cambio de nombre es que sólo puede realizarse por una única vez. No obstante, la Corte Constitucional en sentencia C-114 de 2017, estableció una excepción para aquellos casos en que exista una justificación constitucional, clara y suficiente, que motive la realización del cambio de nombre nuevamente, como lo sería la necesidad […]
¿Puedo cambiarme el nombre siendo menor de edad?
Si. En el caso de menores de edad el cambio de nombre se realiza por conducto de los representantes legales. En el caso de realizar el cambio de nombre siendo menor de edad, la ley permite que la persona le permite realizar un nuevo cambio de nombre una vez sea mayor de edad.
¿Tengo que realizar el cambio de nombre en la misma notaría donde está mi Registro Civil de Nacimiento?
No. El artículo 118 de la Ley 1395 de 2010 estableció que “Todos los actos, hechos y providencias que deban inscribirse en el registro civil o que afecten el mismo, podrán inscribirse en cualquier oficina autorizada para cumplir con la función de registro civil del territorio nacional o en los consulados de Colombia en el exterior”.
¿Qué documentos debo presentar para el cambio de nombre?
Para realizar el cambio de nombre es necesario solicitar en una notaría la realización de la escritura pública en la que se procederá a hacer el cambio de nombre y anexar: Fotocopia de su cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad en caso de menores de edad. Copia auténtica del registro civil de nacimiento Tenga […]












