Si soy una persona extranjera y mi pareja es colombiana ¿puedo pedir la residencia colombiana?
En Colombia no es posible acceder a la residencia como primera visa de entrada al país, salvo que se trate de una persona que sea padre o madre de un colombiano por nacimiento o se trate de una persona que haya renunciado a la nacionalidad colombiana[8].
En el caso de las parejas casadas o con Unión Marital de Hecho (unión libre), se puede solicitar inicialmente ante la Cancillería (Ministerio de Relaciones exteriores) la visa TP-10[9] que tiene una duración de 3 años y permite que la persona extranjera trabaje.
En el caso de la pareja extranjera, luego de haber sido titular de la visa TP-10 por 3 años, si es posible que solicite la visa de residente.
Para mayor información sobre los requisitos de cada una de las visas, le sugerimos consultar la página web de la Cancillería http://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/visas