Discriminación laboral a persona trans en una inmobiliaria - (T-152 de 2007)
Se presenta acción de tutela, en defensa de los derechos al trabajo, a la igualdad y a la seguridad social de una persona trans, contra una inmobiliaria que a pesar de haber manifestado la intención de contratarle por su buen trabajo, finalmente, le negó el contrato por su identidad de género.
Aquí la Corte Constitucional reitera la jurisprudencia sobre las categorías de diferenciación que se consideran como sospechosas de discriminación, entre las que se encuentra la orientación sexual y la identidad de género. Señala que la acción de tutela es el medio judicial más apto para remediar los actos de discriminación. Y que en el momento de contratar no debe haber diferencia alguna en razón del sexo, raza, categoría social. Y que el trato diferente está reservado para fenómenos que puedan presentarse, no obstante, que se fundamente en motivos razonables que justifiquen la diferencia.
Ahora bien, sobre el caso en concreto señala que no existen pruebas que permitan establecer que la persona no fue contratada en razón de su identidad de género