Los derechos como paciente son el trato digno, derecho a la información, confidencialidad y calidad. Asimismo, se tiene el derecho a recibir atención en salud sin discriminación por orientación sexual, identidad de género o expresión de género. De manera puntual, y según la Ley 1751 de 2015: 

  1. Acceso oportuno, continuo e integral a los servicios necesarios para prevenir, diagnosticar, tratar y rehabilitar la salud del paciente. 
  2. Acceso sin barreras injustificadas a servicios de salud de forma oportuna, continua y de calidad. 
  3. Trato con respeto y con un enfoque de derechos humanos. Lo que incluye la no discriminación.
  4. Información clara y suficiente sobre el diagnóstico, alternativas, riesgos, pronósticos y plan de manejo, en lenguaje comprensible para cada paciente.
  5. Derecho a recibir información clara y suficiente sobre el diagnóstico, alternativas, riesgos, tiempos, costos y ruta de atención. 
  6. Consentimiento informado para procedimientos y tratamientos cuando se está consciente para otorgarlo.
  7. Confidencialidad y reserva de la historia clínica y de la información sensible, con acceso controlado y entrega de copias conforme a la norma. 
  8. No exposición a riesgos injustificados y atención segura.