Puede pedirse sólo si el médico lo formula, pues es uno de los requisitos para que se otorguen medicamentos excluidos del POS. El médico puede formularlo excepcionalmente bajo denominación comercial sólo si es de mejor calidad, seguridad, eficacia y comodidad. Si el medicamento genérico produce los mismos efectos, no es necesario que se formule el comercial (Sentencia T-1175/08).