No. De acuerdo con la Sentencia T-529 de 2024, las instituciones educativas deben garantizar una educación que respete los derechos a la dignidad, igualdad y no discriminación. En el caso de instituciones privadas confesionales, sus dogmas no pueden restringir el acceso ni afectar los componentes del derecho a la educación, especialmente para grupos históricamente discriminados, ya que está en contra de los principios de igualdad, pluralismo y dignidad humana, pilares de un Estado Social y Democrático de Derecho.












