El matrimonio civil se puede realizar en una Notaría o en un Juzgado Civil Municipal. En ambos casos tiene el mismo valor legal y reconocimiento.
| Diferencias en el matrimonio civil | ||
| Notaría | Juzgado Civil Municipal | |
| Costo | La Notaría cobra por los servicios. | Los trámites ante juzgado no tienen costo. |
| Tiempo | El tiempo que lleva realizar el matrimonio suele ser corto. En promedio no más de 20 días, pero varía según la agenda del notario o notaria y la fecha en que se desee realizar el matrimonio. | El tiempo que lleva realizar el matrimonio puede oscilar entre un mes o más de acuerdo con la carga laboral del Juzgado. |
| Lugar | Se puede realizar en la notaría o fuera de ella. Esto afecta el costo del matrimonio. | Se realiza en el despacho judicial. |
| Registro civil del matrimonio | Lo realiza la misma Notaría. | Luego de celebrar el matrimonio, es necesario acudir a una Notaría o Registraduría del Estado Civil a registrar el matrimonio. |
| Época del año | Se puede cualquier día o fecha del año siempre y cuando se haya reservado la fecha con antelación. | No es posible a finales o inicios de año o en Semana Santa, ya que los juzgados se encuentran en vacancia judicial. |














