El Estado y las instituciones, frente a las personas LGBTIQ+, tienen la obligación de garantizar la prevención de la discriminación estructural y de cerrar brechas por orientación sexual, identidad o expresión de género. Por lo anterior no pueden solicitar: 

  1. Interrogatorios humillantes sobre prácticas sexuales o “pruebas” sobre la identidad u orientación sexual como condición para poder acceder a servicios.
  2. Exponer de forma indebida a terceras personas que no están brindando la atención sin previa autorización. 
  3. Desatender la aplicación de lineamientos sectoriales con enfoque de género o de diversidades. 
  4. Insistir en nombrar a su paciente con un nombre que no sea el identitario, aun y cuando previamente se ha solicitado.