La sucesión se puede realizar por mutuo acuerdo entre todas y todos los herederos ante Notaría o Juzgado de Familia. En el caso de que no sea posible un acuerdo entre las y los herederos, la única vía es la judicial (Juez de Familia). 

Nota: en todos los casos, sea de mutuo acuerdo o no, se requiere contar con la representación de una abogada o abogado.