Si hay una disminución de capacidad laboral de un 50% o más, se puede solicitar la pensión. De ser negada, se puede interponer una tutela para el reconocimiento de dicha prestación, la cual es un derecho fundamental por estar íntimamente relacionada con el derecho a vivir dignamente, trabajar y gozar de salud e integridad plenas (Sentencia T-509/10, T-036/11, T-478/11, T-627/13).












