Es posible imponer limitaciones al derecho de admisión y permanencia, siempre y cuando no se haga por razones discriminatorias como la raza, la orientación sexual o identidad de género. Sin embargo, si ocurre, tendrá que tener razones y/o evidencias para sustentarlo. Es importante siempre anotar los nombres, afirmaciones discriminatorias y llevar un testimonio escrito en el que se detalle lo ocurrido (Sentencia T-314 de 2011).












