El incumplimiento por parte del empleador de su deber de realizar los aportes al Fondo de Pensiones no debe afectar el derecho a recibir la pensión por invalidez. Esto no constituye una razón válida para que sea negada y el Fondo de Pensiones continúa estando en la obligación legal de otorgarla si se cumplen los requisitos (Sentencia T-478/11, T-838/11).