La Unión Marital de Hecho, así como se establece por la convivencia, se disuelve principalmente por la separación de la pareja. Las causales que la ley ha establecido para su disolución son:

Tenga en cuenta que si no se ha declarado previamente la UMH, debe realizarse primero su declaración y luego sí su disolución. Puede hacerse en un mismo documento, no es necesario hacerlos por separado. Por ejemplo, en un caso de una pareja que haya convivido por más de 8 años sin haber declarado la UMH, pero actualmente se están separando de mutuo acuerdo, pueden en la escritura pública de separación declarar la existencia de la UMH y luego en la misma escritura establecer su disolución así como liquidar la sociedad de bienes (sociedad patrimonial). Adicionalmente, recuerde que después de la separación física y definitiva de la pareja de compañeros o compañeras permanentes, el matrimonio con terceros o la muerte de uno o de ambos compañeros sólo tiene 1 año para iniciar las acciones para reclamar la separación de bienes. 

Nota: el trámite legal para dar por terminada la UMH recibe el nombre de Cesación de Efectos Civiles de la Unión Marital de Hecho y puede realizarse vía notarial, de mutuo acuerdo, o judicial, cuando la pareja no esté de acuerdo.