En caso de que se le niegue el derecho a la pensión por motivos de su identidad de género y/o orientación sexual, usted puede apelar la resolución por la que el fondo de pensiones niega su calidad de persona beneficiaria de la pensión de sobrevivientes. Es aconsejable consultar con un profesional del derecho de la manera más rápida para elaborar la apelación. Tenga en cuenta que después de que usted conoce la negativa cuenta con 10 días para presentar la apelación. En caso de que ya haya transcurrido el tiempo para la apelación de la decisión del fondo de empleados, existe la posibilidad de acudir a la vía judicial, para lo que es necesario contar con la replantación de un abogado o abogada.