¿Cuál es la diferencia entre el trámite adopción y el de registro civil de niños?

La adopción y la figura existente en Colombia para registrar los hijes, hijos o hijas de las parejas del mismo sexo con los datos de ambos padres o madres aplican a casos distintos.

Adopción: procede cuando una persona ajena a la pareja que decidió tener un hijo o hija desea vincularse como su padre o madre. Un ejemplo es cuando una persona con un hijo de una relación anterior forma una familia con otra persona que establece una relación de padre o madre con su hijo. En este caso, si esa nueva persona quiere establecer un vínculo jurídico con el hijo de su pareja, debe realizar un trámite de adopción. 

Registro civil de niños: es la manera como se ha denominado la inscripción en el registro civil de nacimiento de un niño o niña de su dos padres o dos madres. Se aplica cuando el nacimiento del niño o niña ha sido producto de una decisión conjunta de la pareja del mismo sexo de acudir a un tratamiento de reproducción asistida. Es decir que sólo se puede incluir directamente en el registro civil de nacimiento de una niña, niño o niñe a sus dos padres o madres cuando su nacimiento se da dentro de una pareja casada o unida.